AUTO-REGLAMENTO
DEL PROCESO DE ASAMBLEAS CIUDADANAS “CONSTRUIMOS DESDE ABAJO” EN PUERTO REAL
ENERO DE 2018
Haciendo uso de la posibilidad que ofrece el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto Real actualmente vigente, se viene desarrollando la implementación de un proceso de Asambleas Ciudadanas, entendidas como una herramienta de trabajo consistente en la programación y desarrollo de una relación de reuniones promovidas desde el Ayuntamiento pero abiertas a todas las personas y colectivos que quieran participar en una metodología de trabajo conjunto, bajo la premisa fundamental del derecho y el deber de intervenir en la cuestión municipal participando en las decisiones y controlando el cumplimiento de las mismas.
Las normas que rigen estos procesos de Asambleas Ciudadanas “Construimos desde abajo”, autoreglamento, fueron definidas y aprobadas en el seno de la primera ronda de Asambleas de Zonas (celebradas en noviembre de 2015) y las mismas están abiertas a cualquier aportación o modificación.
A lo largo de este proceso se han incorporado al mismo algunos tipos de asambleas con matices específicos y grupos de trabajo que hacen necesario avanzar en la implementación y formalización del autoreglamento incluyendo nuevos conceptos y ampliando la normativa.
1. Principios básicos
- Universalidad. Se basa en la posibilidad de participación igualitaria de toda la ciudadanía Puertorrealeña, a través de la fórmula “una persona, un voto”.
- Vinculación. Las decisiones tomadas en las Asambleas durante el proceso se incorporarán en los Presupuestos Municipales o cualquier otra financiación que haga posible su ejecución y serán de obligado cumplimiento por parte del equipo de gobierno.
- Autorreglamentación. La propia ciudadanía establece las normas que rigen el proceso de las asambleas, sin excluir las competencias legales del propio Ayuntamiento.
- Transparencia. La información del proceso debe ser: clara, visible, entendible y accesible. Para ello, es imprescindible el establecimiento de mecanismos de información, rendición y fiscalización de las actuaciones y las cuentas públicas.
- Cogestión pública. Inspirada en la Democracia Participativa y entendida como un espacio de interacción entre la ciudadanía, los/as representantes políticos y el personal técnico, en el que: La ciudadanía a través de su participación activa propone, decide y comunica, se forma e informa y ejerce el control del proceso. El personal técnico asesora sobre la viabilidad legal y técnica. Los representantes políticos/as electos/as se comprometen a discutir sus propuestas con la ciudadanía, así como a asumir las decisiones y ejecutarlas.
- Justicia social. Teniendo por objetivo corregir las desigualdades existentes en la ciudad y favorecer la distribución equitativa de los recursos.
2. Estructura
2.1. Territorial. Para el desarrollo de las asambleas se ha dividido el municipio en distintas zonas, teniendo en cuenta fundamentalmente criterios de localización y poblacionales, resultando seis distritos asamblearios.
- Barriadas Rurales 1: El Marquesado y La Chacona
- Barriadas Rurales 2: Barrio de Jarana y Meadero de la Reina
- Zona Norte: Toda la zona de Las Canteras
- Zona Este: Polígono de Casines, Ciudad Jardín, El Cartabón, Nueva Andalucía, Julián Besteiro …
- Zona Centro y Oeste: 512 viviendas, Marina de la Bahía, Jarcia…
- Zona Río San Pedro
2.2. Sectorial.
- Asamblea Joven
2.3. Organizativa. Para el cumplimiento de los principios básicos que se recogen en este documento, se establece la siguiente estructura que comprende los siguientes órganos y grupos de trabajo, para propiciar la participación de la ciudadanía en el proceso conforme a dichos principios:
Asambleas, Comisión Permanente, Comisión de Viabilidad y Grupos de Trabajo.
3. Las Asambleas
3.1 Definición. Una asamblea es una reunión de vecinos y vecinas de Puerto Real en la que tratan asuntos importantes para su comunidad, son de carácter voluntario y participativo y sus decisiones se toman de manera colectiva.
Son herramientas de trabajo consistente en la programación y desarrollo de una relación de reuniones promovidas desde el Ayuntamiento, pero abiertas a todas las personas y colectivos que quieran participar en una metodología de trabajo conjunto, bajo la premisa fundamental del derecho y el deber de intervenir en la cuestión municipal participando en las decisiones y controlando el cumplimiento de las mismas.
3.2 Funciones. Tienen como funciones principales: Informar, proponer, impulsar la participación de la ciudadanía, debatir y aprobar las propuestas ciudadanas que se incluirán en el Presupuesto Municipal.
3.3 Participación. Podrán participar en las Asambleas todas las personas, y con derecho a voto las mayores de 16 años, residentes o empadronadas en Puerto Real. Asimismo, se podrá ejercer el voto únicamente en una Asamblea, a ser posible en la correspondiente a la zona en que se reside. En las de otras zonas se podrá asistir como observador con derecho a voz, pero no a voto.
En el caso de la Asamblea Joven la participación en ella estará sujeta a lo recogido en su propio Autoreglamento.
– Acreditaciones: En cada asamblea se dispondrá una mesa de acreditaciones para la inscripción en la misma de los participantes, con el objetivo de que puedan ejercer su derecho a voto. Ésta se abrirá antes de que dé inicio la asamblea y se establecerá un horario de cierre de la misma.
– Presentación de propuestas: La presentación de propuestas para participar en los procesos asamblearios se podrán realizar a través de:
- Buzón de sugerencias.- instalados en las diferentes zonas establecidas y que dispondrán de Hojas de Propuestas.
- Correo electrónico de los respectivos representantes de zona. (apartado 4.1.1.e)
- Correo electrónico del Servicio de Participación Ciudadana, participación.ciudadana@puertoreal.es
- En las dependencias del Servicio de Participación Ciudadana en Plaza de Jesús s/n mediante la Hoja de Propuestas.
- Presentando una propuesta en la herramienta: decide.puertoreal.es
4. Tipos de Asambleas
4.1 Asambleas de Zona
- Definición: Una asamblea zonal es una reunión de vecinos y vecinas de las zonas definidas de Puerto Real (apartado 2.1) en la que tratan asuntos importantes para los vecinos, la ciudad, el entorno donde viven, son de carácter voluntario y participativo y sus decisiones se toman de manera colectiva. Estableciendo la edad mínima de 16 años para poder votar en ellas.
- Temporalidad: Se hace necesario establecer un calendario fijo anual celebrándose, preferentemente en los meses de marzo-abril y septiembre-octubre.
- Ubicación: Las asambleas se celebrarán, de forma rotatoria, en los distintos espacios públicos existentes en cada zona. Las zonas ESTE 1 y ESTE2 se unificarán en una sola convocatoria de Asamblea Ordinaria. Del mismo modo se unificarán las convocatorias de las zonas CENTRO Y OESTE.
- Funcionamiento: Las asambleas serán de carácter deliberativo y decisorio, estableciendo el principio básico de una persona, un voto. Para el buen funcionamiento del proceso se hace necesario dotarlo de un mínimo de estructura, para lo cual se fijan las siguientes pautas:
1.- La moderación y gestión de asambleas se llevará a cabo por el equipo técnico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto Real, quienes dinamizaran la asamblea en base al orden del día establecido, conducirán los debates hacia el consenso, siempre que sea posible, gestionarán los turnos y tiempos de intervención y garantizarán el cumplimiento de las normas básicas de las asambleas. Tomando además acta de cada una y encargándose de su difusión.
2.- En cada zona se elegirán a dos de sus miembros que formarán parte de una Comisión Permanente de Participación Ciudadana (compuesta por los miembros elegidos en todas las asambleas zonales)
La condición de miembro de la Comisión Permanente será rotativa y revocable por la asamblea.
3.- El orden del día de las asambleas será fijado conjuntamente por el Ayuntamiento, a través de propuestas de las diferentes áreas municipales, con un máximo de tres y por la Comisión Permanente, con las propuestas recabadas por sus miembros en sus respectivas zonas, con un máximo de tres.
Dividiéndose por tanto cada asamblea en dos partes: una genérica, que contendrá asuntos relativos a todo el municipio y una específica que incluirá puntos que afecten de manera directa a la zona de influencia.
4.- Teniendo en cuenta las limitaciones tanto temporales como económicas para la puesta en marcha de unos presupuestos participativos “al uso”, en las Asambleas se efectuará un proceso de presentación y priorización de propuestas que vendrá a dar forma a un nuevo mecanismo de participación a través del cual la ciudadanía contribuirá a definir la orientación de actividades y el destino de los recursos municipales.
4.2 Asamblea joven:
AUTOREGLAMENTO DEL PROCESO DE ASAMBLEA JOVEN EN PUERTO REAL
Haciendo uso de la posibilidad que ofrece el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Puerto Real actualmente vigente, se viene desarrollando la implementación de un proceso de Asambleas Zonales, entendidas como una herramienta de trabajo consistente en la programación y desarrollo de una relación de reuniones promovidas desde el Ayuntamiento pero abiertas a todas las personas y colectivos que quieran participar en una metodología de trabajo conjunto, bajo la premisa fundamental del derecho y el deber de intervenir en la cuestión municipal participando en las decisiones y controlando el cumplimiento de las mismas.
Para garantizar y adaptar la participación asamblearia a la población más joven, desde el Área de Participación Ciudadana se está procediendo a la constitución de la Asamblea Joven, a través de la cuál serán las voces de los/las más jóvenes las que intervengan en las tomas de decisiones y cumplimiento de las mismas sobre asuntos que les afecte particularmente a este colectivo.
Las normas que rigen el proceso de la Asamblea Joven, autoreglamentos, se indican a continuación para su posterior aprobación en primera sesión de esta Asamblea, en la que los/las asistentes podrán aportar o modificar, previo debate, lo que consideren conveniente:
¿QUÉ ES LA ASAMBLEA JOVEN?
Una asamblea zonal es una reunión de jóvenes de Puerto Real en la que tratan asuntos importantes para su comunidad, son de carácter voluntario y participativo y sus decisiones se toman de manera colectiva. La edad mínima se establece en 16 años y la máxima en 35, es totalmente abierta a la participación de quienes estén dentro de esa franja de edad.
Una Asamblea Joven tiene el mismo objetivo que la Asamblea zonal, pero sus intervinientes y votantes serán únicamente Jóvenes de entre 16 y 35 años, y los asuntos a tratar serán principalmente aquéllos que son de mayor interés para el colectivo juvenil.
Es una herramienta de trabajo consistente en la programación y desarrollo de una relación de reuniones promovidas desde el Ayuntamiento pero abierta a todos/as los/las jóvenes y colectivos de carácter juvenil, que quieran participar en una metodología de trabajo conjunto, bajo la premisa fundamental del derecho y el deber de intervenir en la cuestión municipal participando en las decisiones y controlando el cumplimiento de las mismas.
¿CÚANDO TIENE LUGAR LA ASAMBLEA JOVEN?
La convocatoria de la Asamblea Joven tendrá carácter trimestral como mínimo, si bien excepcionalmente podrá convocarse alguna sesión extraordinaria a demanda de los/las participantes de dicha Asamblea o los/las representantes elegidos por ella.
¿DÓNDE TIENEN LUGAR LAS SESIONES DE LA ASAMBLEA JOVEN?
La Asamblea Joven celebrará sus sesiones en el local de la zona El Pinar, sito en C/ Aries s/n.
¿CÓMO FUNCIONA LA ASAMBLEA JOVEN?
Para el buen funcionamiento del proceso se hace necesario dotarlo de un mínimo de estructura, para lo cual se fijan las siguientes pautas:
Las asambleas serán de carácter deliberativo y decisorio, estableciendo el principio básico de una persona, un voto.
1.- La moderación y gestión de asambleas se llevará a cabo por alguna de las entidades participantes con el apoyo del Área de Participación Ciudadana, rotando esta moderación en las siguientes convocatorias. La entidad que modere el Asamblea Joven tendrá la labor de dinamizar la asamblea en base al orden del día establecido, conducir los debates hacia el consenso, siempre que sea posible, gestionar los turnos y tiempos de intervención y garantizar el cumplimiento de las normas básicas de las asambleas. Tomando además acta de cada una y encargándose de su transmisión para la difusión.
2.- En la primera sesión de la Asamblea Joven se elegirá a dos de sus miembros que formarán parte de una Comisión Permanente de Participación Ciudadana, cuyas funciones serían:
- Vigilancia del proceso participativo.
- Recogida de propuestas de ciudadanos y ciudadanas para llevarlos a la Asamblea.
- Reuniones con Concejales y Concejalas para tratar los asuntos relativos a su zona.
La condición de miembro de la Comisión Permanente será rotativa y revocable por la asamblea.
3.- El orden del día de las asambleas será fijado conjuntamente por el Ayuntamiento y los/las representantes de la Asamblea en la Comisión Permamente de Participación, con un máximo de tres del Equipo de Gobierno y tres de la Comisión Permanente.
Dividiéndose por tanto cada asamblea en dos partes: una genérica, que contendrá asuntos relativos a todo el municipio y una específica que incluirá puntos que afecten de manera directa a la población joven.
4.- Teniendo en cuenta las limitaciones tanto temporales como económicas para la puesta en marcha de unos presupuestos participativos “al uso”, en las Asambleas se efectuará un proceso de presentación y priorización de propuestas que vendrá a dar forma a un nuevo mecanismo de participación a través del cual la ciudadanía contribuirá a definir la orientación de actividades y el destino de los recursos municipales.
5.- El proceso se sintetizaría:
- Exposición y recogida de propuestas de actuación en cada Asamblea
- Estudio de las propuestas presentadas por una Comisión de Viabilidad (compuesta por un miembro de la Comisión Permanente y técnicos municipales de las Áreas a las que afecten las propuestas a evaluar), que efectuará un dictamen de viabilidad y una ordenación temporal de las que resulten realizables.
- Devolución a cada Asamblea del dictamen correspondiente, y nueva priorización si fuese necesaria.
- Nueva presentación de propuestas.
Se podrán crear grupos de trabajo específicos para temas concretos y de interés. En ellos, los/las jóvenes que lo deseen, podrán participar en el proceso de estudio y diseño de los temas fijados.
4.3 Asambleas Temáticas
a) Definición. Las Asambleas Temáticas son aquellas asambleas abiertas donde se pretende profundizar en un tema concreto y donde gente que esté especializada o interesada en esta cuestión, pueden acudir y aportar.
El proceso se sintetiza de la siguiente manera:
- Exposición y recogida de propuestas de actuación en cada Asamblea (un máximo de tres por zona)
- Estudio de las propuestas presentadas por una Comisión de Viabilidad (compuesta por un miembro de la Comisión Permanente de cada zona y técnicos municipales de las Áreas a las que afecten las propuestas a evaluar), que efectuará un dictamen de viabilidad y una ordenación temporal de las que resulten realizables.
- Devolución a las Asambleas del dictamen correspondiente, y nueva priorización si fuese necesaria.
- Nueva presentación de propuestas.
Se podrán crear grupos de trabajo específicos para temas concretos y de interés en cada una de las zonas. En ellos, los vecinos que lo deseen podrán participar en el proceso de estudio y diseño de los temas fijados.
PROCESO DE PRIORIZACIÓN DE PROPUESTAS DICTAMINADAS COMO VIABLES Y CUYA EJECUCIÓN DEPENDA DE CONTENIDO ECONÓMICO
- Se presentarán todas las propuestas, con imágenes y una valoración económica de las mismas. Procediéndose a realizar una breve explicación del sentido de cada una de ellas.
- Se facilitará la posibilidad a miembros de una asamblea de zona distinta a defender alguna de ellas.
- El método para la priorización de las propuestas será:
- Los asistentes numerarán las propuestas según su orden de preferencia (con un mínimo de 10)
- Cada persona podrá entregar sólo una hoja de votación en el total de asambleas, para ello se registrarán los votantes, previamente acreditados mediante DNI.
- El voto será personal e intransferible.
- Se podrá votar las propuestas por vía telemática registrándose en la herramienta decide.puertoreal.es
- Recuento:
- Cada número tiene asignada una puntuación, así el 1 tendrá la puntuación más alta, y un punto menos el 2 y así consecutivamente.
- Procediéndose a la suma de las puntuaciones obtenidas por cada propuesta.
- El recuento lo hará un trabajador o trabajadora del ayuntamiento junto con uno de los miembros de la Comisión Permanente de Participación de la zona correspondiente o en su defecto con un ciudadano o ciudadana voluntaria de la propia asamblea, añadiéndole a estos resultados el recuento telemático.
- El resultado se anunciará al final de la asamblea.
4.1.1. Comisión Permanente
a) Definición: Es un grupo de ciudadanos elegidos en todas las asambleas zonales. Esta compuesta por dos miembros elegidos en cada una de las asambleas zonales. La condición de miembro de la Comisión Permanente será rotativa y revocable por la asamblea.
b) Funciones:
- Vigilancia del proceso participativo.
- Recogida de propuestas de su zona.
- Reuniones con concejales y concejalas para tratar los asuntos relativos a su zona.
- Fijar el orden del día de las asambleas juntamente con el Ayuntamiento, a través de propuestas de las diferentes áreas municipales, con un máximo de tres y por las propuestas recabadas por sus miembros en sus respectivas zonas, con un máximo de tres.
- Trasladar las demandas ciudadanas de repercusión colectiva a las áreas correspondientes[1].
- Comunicar las iniciativas, obras, actos o proyectos que pudieran afectar a los vecinos de una zona, preferentemente a través de los movimientos asociativos de la misma[2].
c) Metodología de trabajo de la Comisión Permanente.
El comisionado y representante de zona se ajustará al siguiente proceso, tras la recogida de las propuestas[3]:
Las inscribirá en un registro para su debida constancia, indicando[4]:
- Nombre y apellidos del proponente
- Correo electrónico o teléfono de contacto
- Dirección
- Propuesta
Si la propuesta está relacionada con labores habituales de mantenimiento y reparación, se comprobará si está contenida en el catálogo de acciones pendientes[5].
- En caso afirmativo se contestará al proponente facilitándole mediante email el enlace al asiento de dicho catálogo y se le agradecerá su participación.
- En caso de no estar contenida en el catálogo, se procederá a la verificación de la anomalía con cuanta documentación gráfica fuere pertinente para su posterior traslado al servicio técnico correspondiente, en la intención de proceder a su valoración y catalogación (si procede). Se informará y agradecerá su participación al proponente.[6]
- En el supuesto de que la opinión del técnico sobre la inclusión de la propuesta entre en contradicción con el parecer del comisionado, la citada propuesta se trasladará a la Comisión Permanente para su estudio. Una vez dirimida la controversia, se informará y agradecerá su participación al proponente.[7]
- Durante el desarrollo de la Asamblea de Zona, se procederá a una lectura abreviada de las propuestas relacionada con labores habituales de mantenimiento y reparación acometidos a través de esta vía, valorando además su repercusión económica y el remanente disponible hasta la finalización del ejercicio[8].
Aquellas propuestas no relacionadas con el punto 2 precedente cuya aplicación no parezca revestir dificultad, ni entrañar compromisos o cargas para la Administración Local, se trasladarán a criterio del comisionado al técnico o al edil concernido para la búsqueda de una respuesta adecuada.
- En caso de que la gestión se pueda resolver afirmativamente, se contestará al proponente facilitándole mediante email cuanta información sea de su interés para la puesta en marcha de dicha iniciativa, agradeciendo su participación y facilitando (de ser oportuno) su incorporación a la Comisión Permanente, como Grupo de Trabajo para el desarrollo de su iniciativa.
- En caso contrario, se informará y agradecerá igualmente su participación al proponente, acompañando (si procede) la argumentación que justifica su consideración desfavorable.
Aquellas propuestas que trasciendan lo antedicho en este epígrafe, serán normalmente trasladadas a la Asamblea de Zona, en un número no superior a tres para su discusión y posterior sometimiento a las decisiones de la misma. Se informará al proponente y se le invitará a involucrarse en su desarrollo, agradeciendo su participación.
d) Gestión de las propuestas aprobadas en asamblea.
Aquella propuesta que prospere en asamblea dará lugar a la confección de la oportuna carpeta de estudio[9]. Dicha carpeta contendrá en cualquier caso, una memoria en la que se explicitará adecuadamente la propuesta y cuantos documentos pudieran ser necesarios para cubrir aquellos aspectos que deban ser considerados en la comisión de viabilidad.
Para la confección de una memoria sucinta, se deberá contar con la colaboración de los promotores del proyecto, así como con la participación de los componentes de la Comisión Permanente, en la forma que en cada caso se acuerde.[10]
El procedimiento a seguir será el siguiente:
Elaboración de la carpeta de estudio:
- Reunión con los Ediles de las áreas concernidas para presentar un borrador de la memoria[11].
- Recabar de los archivos municipales (caso de ser pertinente) la documentación necesaria para sustanciar la carpeta de estudio y la misma memoria[12].
- Adjuntar cuanta documentación orientativa pueda ser de interés para el proyecto.
Una vez conformada la carpeta de estudio:
- Se procede a una reunión con la Edil de Participación Ciudadana para comentar y hacer entrega de la misma[13].
- Desde el área de Participación Ciudadana se trasladará la citada carpeta al Edil del área concernida, donde sus técnicos efectuarán el estudio correspondiente, en el ámbito de la Comisión de Viabilidad.
e) Representantes
Como representantes en la Comisión Permanente y previa comunicación a Participación Ciudadana, dispondrán de acceso directo a cualquier documentación que pudiera ser de interés para la preparación de las propuestas asamblearias y su posterior desarrollo. Siempre que dicha documentación no esté explícitamente protegida con ninguna clasificación de seguridad. (secreto, reservado, confidencia, difusión limitada).
Asimismo y como representantes de cada uno de los ámbitos geográficos definidos en este auto-reglamento, deberán ser requeridos ante cualquier actuación directa o indirecta de la Administración Local, relacionada con sus áreas de influencia, tanto en la presentación de cualquier iniciativa como en su planeamiento y desarrollo, así como en todas sus fases de ejecución.
Actualmente la Comisión Permanente está compuesta por los siguientes representantes de cada zona:
- Barriadas Rurales 1 – El Marquesado y La Chacona
Miguel Ángel Díaz Cuenca email: asambleazona-rurales1@puertoreal.es
Carmen Pérez Benítez
- Barriadas Rurales 2 – Barrio de Jarana y Meadero de la Reina
Vicente Villar Rodríguez email: asambleazona-rurales2@puertoreal.es
Fernando de Juan Rodrigo email: asambleazona-rurales2@puertoreal.es
- Zona Norte – Las Canteras (Pendiente de elección)
- Zona Este 1 – Políg. Casines,
Carlos Díaz Rodríguez email: asambleazona-este1@puertoreal.es
Javier Ignacio Rodríguez Ruiz de Morales email: asambleazona-este1@puertoreal.es
- Zona Este 2 – Ciudad Jardín, El Cartabón, Nueva Andalucía, J. Besteiro
Carmen Becerra email: asambleazona-este2@puertoreal.es
María Aguilar Espinosa email: asambleazona-este2@puertoreal.es
Máximo Martín Pindado email: asambleazona-este2@puertoreal.es
- Zona Centro y Oeste – 512 Viviendas y Marina de la Bahía
José Luis Nodal de la Flor email: asambleazona-centro@puertoreal.es
Matilde Tercero Ramos email: asambleazona-oeste@puertoreal.es
Benjamín Gómez Oneto
- Zona Río San Pedro
Raquel Rodríguez Partido email: asambleazona-rsp@puertoreal.es
Azucena Fernández Rodríguez email: asambleazona-rsp@puertoreal.es
Ángel Galán Rivera email: asambleazona-rsp@puertoreal.es
4.1.2. Comisión de Viabilidad
a) Definición: Es un grupo de Trabajo compuesto por un representante de cada zona (de los que forman la Comisión de Viabilidad), los técnicos/as que de los Servicios Municipales de las Áreas a las que afecten las propuestas a evaluar. Esta presidido por el concejal/a de Participación Ciudadana con el apoyo en tareas administrativas del/la coordinador/a y un Técnico/a de este servicio.
Se reunirá para el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo al calendario que establecerá cada año para el desarrollo de las asambleas. Las personas titulares elegidas, que por circunstancias sobrevenidas no puedan ejercer sus funciones, deberán comunicarlo debidamente para incorporar a las personas suplentes como Miembros de la Comisión Permanente.
b) Funciones: La Comisión de Viabilidad será la encargada de estudiar las propuestas presentadas por las asambleas.
En ella se efectuará un dictamen de viabilidad y una ordenación temporal de las propuestas que resulten realizables.
Dicha Comisión estará formada por seis miembros de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana (1 representante de cada una de las seis zonas) y por los técnicos municipales de las áreas a las que afecten las propuestas a evaluar.
c) Estudio de las propuestas aprobadas en asamblea: Una vez trasladados desde Participación Ciudadana las carpetas de estudio a las áreas afectadas, contando para ello con la disponibilidad del Comisionado Permanente proponente del mismo, con quien formarán parte de la Comisión de Viabilidad para dicho asunto[14].
Para el desarrollo del estudio se contará habitualmente con el espacio temporal que media entre dos asambleas de zona consecutivas, en la intención de convocar al menos un pleno de la Comisión de Viabilidad entre estas. Dicho estudio atenderá al siguiente proceso:
– Análisis.
La entidad del proyecto determinará ocasionalmente, si el plazo para la exposición y análisis del estudio debe extenderse más allá del período que habitualmente se ha de emplear para completar su desarrollo, en cuyo caso se deberá presentar a la Comisión de Viabilidad un texto provisional con una aproximación a la realidad técnica y/o jurídica del proyecto que permita conocer la deriva del mismo[15].
En cualquier caso, la analítica del proyecto deberá explicitar aquellas referencias normativas (técnicas y/o jurídicas) que lo delimitan[16].
En el desarrollo de este proceso, los técnicos nutrirán la carpeta de estudio con cuantas aportaciones consideren adecuadas para proyectar su explicación con un nivel pedagógico adecuado a la Comisión de Viabilidad[17].
– Valoración.
La exposición del estudio sustentada en el análisis previo, deberá contener un pronunciamiento técnico sobre la viabilidad del mismo.
Caso de que las normas de aplicación contemplen otras alternativas que respondan al espíritu del proyecto, estas deberán ser planteadas para estudiar la posibilidad y/o conveniencia de su adecuación.
d) Metodología de trabajo de la Comisión de Viabilidad: La comisión de viabilidad, compuesta por los responsables del área de Participación Ciudadana, técnicos designados y miembros de la Comisión Permanente afectados, se podrá complementar con los grupos de trabajo que los propios ciudadanos hubieran configurado al efecto y/o por los promotores de las propias iniciativas[18].
Aquellas propuestas que por la extensión de su análisis hubieran de exceder el interperiodo asambleario previsto, serán las primeras en exponerse mediante la presentación del bosquejo correspondiente con una aproximación a la realidad técnica y/o jurídica del proyecto que permita conocer la deriva del mismo, fijando no obstante un plazo para su conclusión[19].
El resto de las carpetas de estudio se irán abordando en el orden previsto, haciendo lectura de las exposiciones pertinentes con cuantos recursos pedagógicos fueren necesarios para garantizar la comprensión de las mismas.
Terminada la exposición técnica, el Comisionado permanente, Grupo de trabajo y/o promotor de la iniciativa podrá preguntar sobre aquellos aspectos que considere de interés en relación con el estudio.
La Comisión de viabilidad se convocará nuevamente a partir de los diez días y dentro del interperiodo, para realizar una valoración de los estudios. De esta reunión se derivarán las siguientes consecuencias:
– Acuerdo de viabilidad.- Resolución de ámbito exclusivamente municipal.
Pasa a formar parte del catálogo de propuestas viables pasa su sometimiento al sistema de prelación en las asambleas de zona para su posterior tramitación[20].
– Acuerdo de viabilidad.- Resolución con participación extra-municipal[21].
Emitido por parte de la Comisión el acuerdo correspondiente, se habrá de concretar en el seno de la Comisión Permanente una vía de diálogo con las entidades extra-municipales necesarias para el desarrollo de la iniciativa.
A tales efectos, se plantearán en la Comisión Permanente las estrategias que se consideren adecuadas para la consecución de los objetivos, y que habrán de marcar las líneas de actuación a seguir[22].
– Acuerdo de inviabilidad.-
Determinada y aceptada la inviabilidad de un proyecto deberá ser llevada a la Asamblea de Zona, donde se dará cuenta del mismo y se explicarán las causas que motivan dicha calificación, circunstancia que se comunicará debidamente al proponente afectado.
– Acuerdo de revisión.-
Si tras discrepar se infiere la necesidad de contrastar información, la propuesta queda sin una valoración definitiva y se devuelve el expediente de estudio a la Comisión Permanente[23].
4.2 Asambleas Extraordinarias
a) Definición. Las Asambleas Extraordinarias son aquellas que se convocan en una zona concreta fuera del ciclo normal de las Asambleas de zona, por uno o varios temas que haya que tratar de urgencia o antes de siguiente ronda.
4.3 Asambleas Sectoriales
a) Definición. Las Asambleas Sectoriales son asambleas abiertas donde se trabajan áreas o sectores concretos de la sociedad de interés para la ciudadanía. Estas asambleas se convocan según las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas que participen en ellas.
4.4 Decide.puertoreal.es
Es una herramienta de participación online que se pone a disposición de los vecinos y vecinas de Puerto Real, para presentar propuestas al proceso asambleario y votar las propuestas existentes. Con ella se quiere fomentar un espacio de construcción colectiva de nuestra ciudad.
¿Cómo funcionan las propuestas ciudadanas?
El mecanismo de propuestas ciudadanas se resumen en tres pasos muy sencillos :
- ¡Propuestas!Creas una propuesta en esta web.
- ¡Apoyos!La gente hace clic en el botón de apoyar tu propuesta. (Pueden apoyar las propuestas todas las personas empadronadas mayores de 16 años). Si la propuesta obtiene un mínimo de 100 votos, es estudiada su viabilidad (Entra en el proceso Construimos Desde Abajo)
- Todas las propuestas serán tenidas en cuenta aunque no cuenten con suficientes apoyos y se intentará responder a todas.
- En caso de haya propuestas parecidas o muy similares, se eliminará la más reciente.
- ¡Decides! Si la propuesta es dictaminada como viable, entra en el banco de propuestas ciudadanas donde la ciudadanía podrá priorizar su ejecución.
Explicación detallada del proceso
- Creación de una propuesta. Cualquier persona (empadronada y mayor de 16 años) puede crear una propuesta. Lo único que hay que hacer es pulsar el botón “Crear una propuesta” y rellenar los campos requeridos. La propuesta puede ser tan sencilla como una simple frase, pero te recomendamos detallarla todo lo posible, incluso añadiendo material adicional, para que sea más completa e interesante. Una vez creada aparecerá en esta web para que cualquiera pueda apoyarla.
- Apoyo de propuestas. Para apoyar alguna de las propuestas que aparece en la web, pulsamos el botón “apoyar esta propuesta” que aparece en cada una. Para este paso tendremos que estar empadronados, así que al llevarlo a cabo por primera vez se nos pedirá que verifiquemos nuestra cuenta para estar seguros de este requerimiento. Se nos va a pedir que introduzcamos algunos datos para comprobar nuestra información de empadronamiento.
- Si una propuesta no recibe 100 o más apoyos en dos meses desde la emisión de la propuesta, pasará a ser archivada.
- Realización de las propuestas. Todas las propuestas serán tenidas en cuenta por la Comisión Permanente de Participación y el Área de Participación Ciudadana. Si la propuesta obtiene un mínimo de 100 apoyos en los dos primeros meses es enviada directamente a la Comisión de Viabilidad para su estudio, que realizará los informes técnicos correspondientes sobre su legalidad, viabilidad y coste económico. Si la propuesta resulta viable, es sometida al proceso de Priorización para determinar su orden de ejecución.
5. TRANSPARENCIA
Las rendiciones de cuentas son un acto de transparencia y participación donde los ciudadanos tienen la ocasión de dirigirse a sus representantes en el Ayuntamiento de forma directa y sin filtros.
Consiste en que todos los concejales del Gobierno asisten a reuniones abiertas con la ciudadanía cada 6 meses en tres zonas distintas de Puerto Real: una sesión en las zonas rurales, otra en el Centro y otra en el Río San Pedro.
Los ciudadanos y ciudadanas que decidan asistir a estas reuniones, tienen la oportunidad de preguntar abiertamente al Equipo de Gobierno y resolver dudas sobre la gestión o cualquier tema relacionado con el Ayuntamiento.
[1] Las demandas sin entidad suficiente para ser tratadas en la Comisión Permanente, se trasladarán directamente al área correspondiente para su resolución.
[2] Se dispondrán los mecanismos adecuados (según sea el caso) para que los Comisionados Permanentes puedan comunicar a sus zonas, aquellas incidencias que les puedan afectar.
[3] Propuestas de los vecinos vertidas en el buzón de la Asamblea de zona o comunicadas verbalmente al representante de zona y miembro de la comisión permanente, con el volumen de información señalado en el impreso del buzón.
[4] El representante inscribirá dicha propuesta en el registro habilitado al efecto para su debida constancia.
[5] Desde la web de las asambleas de zona se deberá acceder al listado de tareas de infraestructura y GEN
[6] El representante, trasladará la vicisitud al equipo técnico correspondiente para su valoración e inclusión en el listado de tareas (si procede)
[7] Las controversias con el personal técnico se dirimirán directamente en el seno de la Comisión Permanente.
[8] Se pretende poner en valor la importancia de la Asamblea, dejar constancia de que estos arreglos se han efectuado gracias a la participación ciudadana y mentalizar sobre las dificultades y la trascendencia de los costes asociados.
[9] Denominación con la que se aludirá al conjunto documental que se genere en torno a cualquier proyecto durante toda la fase de estudio, previa a la consideración de “propuesta viable”. Calificación que convertirá la carpeta de estudio del proyecto en un expediente administrativo.
[10] La elaboración de las memorias se ceñirá a una exposición sucinta y en cada caso, su relato será objeto de debate en el seno de la Comisión Permanente, donde se determinará la forma de participación de los grupos de trabajo que se pudieran formar y las ayudas e intercambios de conocimientos entre los propios comisionados.
[11] Es importante señalar que el diálogo se ha de desarrollar sin la interferencia de tecnicismos que pudieran desnaturalizar la esencia del proyecto o abrir estériles debates semánticos. El diálogo ha de transitar desde el prisma ciudadano en el ámbito de las ideas y el sentido común que se espera de la discusión política.
[12] En los casos en los que las fuentes documentales del ayuntamiento dispongan de antecedentes, estos se deberán facilitar para documentar con la mayor profusión la propuesta.
[13] Se pondrá en antecedentes a la Edil de participación Ciudadana de todo el recorrido de la propuesta para su posterior traslado a las áreas donde se deban desarrollar los correspondientes estudios.
[14] Se establecerá desde este momento una línea de comunicación y/o colaboración entre técnico y proponente para facilitar el desarrollo del estudio.
[15] Cuando la extensión en el tiempo del estudio no permita dar la respuesta adecuada, el informe provisional permitirá comunicar al proponente del estado del mismo así como de las dificultades surgidas hasta el momento, dando una imagen real de la situación a la par que se evita la indeseable sensación de abandono o falta de interés.
[16]Se habrán de explicitar las referencias que sustentan el análisis para que el proponente tenga la posibilidad de contrastarlas y si lo estima conveniente, aportar las adecuadas réplicas arguméntales que pudieran abrir nuevas líneas de análisis.
[17] Es de vital importancia que el proponente entienda fehacientemente la exposición del estudio, por lo que el técnico deberá aportar al expediente aquellos recursos que faciliten su comprensión. En ningún caso el proponente debe sentirse objeto de fraude ni de abandono por falta de pericia técnica.
[18] Se pretende dar la máxima participación al ciudadano, racionalizándola en una estructura jerarquizada que permita la participación de las personas que lo deseen, sin menoscabo de la diligencia en el flujo de la información, en su intercambio y en la toma de decisiones.
[19] Considerando la previsible brevedad del bosquejo resultante del estudio inconcluso, se priorizará su presentación para evitar la espera innecesaria de técnicos y proponentes.
[20] La propuesta convierte la carpeta de estudio, en un “expediente administrativo” que pasa a formar parte del procedimiento ordinario para la resolución administrativa, con los pertinentes estudios previos como valor añadido, la participación ciudadana como impulsor del proyecto y el compromiso político como coadyuvante y garantía de buen ejercicio.
[21] Desde la misma consideración del 20 precedente, el aval municipal se esgrimirá como credencial para negociar con las entidades concernidas que pudieran intervenir en la realización del proyecto.
[22] Se tratará de propiciar las sinergias necesarias para la consecución del objetivo previsto, recabar de las partes que directa o indirectamente puedan o deban participar en el proceso los apoyos necesarios, y situar el proyecto en la posición de estabilidad más ventajosa posible, para solicitar con las mayores garantías la colaboración extra-municipal necesaria.
[23] Caso de que las discrepancias surgidas en la valoración del proyecto precisaren de una revisión de los argumentos que fundamentan el proyecto, el expediente de estudio volvería a la Comisión Permanente para dicha revisión sometiéndose al mismo periplo.